Caja 3 ➔ Pascual Valencia contra Manuel Lemus y Natividad Mosquera por amancebamiento
Item
Identificador
AHJCI.MFC.003.006Descripción
El documento trata sobre la denuncia por amancebamiento que recae sobre el señor Manuel Lemus y a la señora Natividad Mosquera. Pascual Valencia, oriundo de Nóvita y vecino de Manuel, es quien lo denuncia, porque considera que este último vive amancebado con Natividad en el corregimiento de El Tigre.Argumenta Pascual que Lemus, cada vez que se va a trabajar en el campo (en el corregimiento El Tigre), se queda a vivir en la casa de Natividad. Pero que no solo es eso, que además duermen juntos, hacen actividad juntos, que producto de esa relación nació un niño, y que la señora cumple las funciones de una mujer casada e incluso se les ha visto presentar problemas que solo se pueden asociar a los de una pareja que ha contraído matrimonio. Para ratificar lo dicho, el denunciante da una lista de testigos que pueden dar fe de su testimonio. Es así que, en líneas generales, los testigos manifiestan que realmente Lemus y Natividad sí viven juntos pero que a ellos particularmente no les consta que hagan vida de casados y todo lo que esto representa.
Cuando los sindicados son llamados a declarar, Natividad manifiesta que ella si vivió con Lemus y que sí tuvieron un hijo producto de esa relación, pero hace poco más de un mes ya no viven juntos. Cuando es el turno para declarar del señor Lemus, éste argumenta también que sí vivió con la sindicada por un tiempo, pero que esto era esporádicamente.
En primera instancia los jueces del circuito de Novita dan la siguiente sentencia: castigar a Lemus con un año de confinamiento en Pueblo Rico, y castigar con 4 meses de cárcel a Natividad en las cárceles del circuito de ese despacho, al mismo tiempo que debían pagar todos los costos del proceso jurídico.
Para la segunda instancia y en un tono de mucha “molestia”, el tribunal de Cali absuelve a los sindicatos de todas las penas impuesta en primera instancia y además da unas reflexiones sobre el delito de amancebamiento y del por qué no se debería de castigar en una región como el Chocó, específicamente en Nóvita.
Fecha
1913;Identificación original
Archivo Histórico del Juzgado del Circuito de Istmina, Fondo Minería y Familia, Caja 3, Documento 6Reglas de descripción
Descrito por Javier Hurtado Ibargüen el 2022-11-17, revisado por Daniel Varela Corredor y Kelly López Roldán el 2024-02-20¿Necesitas ayuda?
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